Sera legal mientras que el uso que den de esas fotografías sea correcto, y no afecte a ningún derecho de los funcionarios públicos o ciudadanos. Aún así, los funcionarios públicos, están facultados para identificar a la persona que realice el reportaje fotográfico in-situ, ya sea mediante la acreditación periodística o mediante el DNI, simplemente por si se realizan acciones que el funcionario considere que atentan alguno de sus derechos y quiera emprender acciones legales contra dicha persona. La negativa a identificarse, supondrá que dicha persona tendrá que acompañar a los funcionarios a comisaria CNP, a los simples efectos de identificación, y en caso de nueva negativa se entenderá como un delito de desobediencia. Datos de siemple información.
Sera legal mientras que el uso que den de esas fotografías sea correcto, y no afecte a ningún derecho de los funcionarios públicos o ciudadanos.
ResponderEliminarAún así, los funcionarios públicos, están facultados para identificar a la persona que realice el reportaje fotográfico in-situ, ya sea mediante la acreditación periodística o mediante el DNI, simplemente por si se realizan acciones que el funcionario considere que atentan alguno de sus derechos y quiera emprender acciones legales contra dicha persona.
La negativa a identificarse, supondrá que dicha persona tendrá que acompañar a los funcionarios a comisaria CNP, a los simples efectos de identificación, y en caso de nueva negativa se entenderá como un delito de desobediencia.
Datos de siemple información.
Gracias por la info. Sr. Anónimo.
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